
Ya vimos que hay unas leyes que regulan los derechos de propiedad intelectual...
¿Cómo se pueden ceder los derechos patrimoniales?

Licencia
Contrato por el cual una persona recibe un derecho sobre un bien
Licencia:

Copyright
Todos los derechos reservados
Copyright:

Dominio Público
Ningún derecho reservado
Dominio Público:
El derecho a la propiedad intelectual es un derecho nacional, por lo que cada país tiene libertad para la fijación de criterios en cuanto a esta cuestión.
Sin embargo, muchos países adheridos al Convenio de Berna intentan armonizar los derechos de autor para que la legislación de cada país sea equivalente a la del resto de países adheridos.
Anécdota: Los derechos de la obra de teatro “Peter Pan” de James Barrie en Reino Unido fueron extendidos a perpetuidad por la Reina de Inglaterra después de que el autor los donase a un hospital infantil tras su fallecimiento.

Copyleft
Algunos derechos reservados

Creative Commons
Colección de licencias copy-left
Creative Commons:
Creative Commons:
Aspectos que regulan las Creative Commons:

Atribución
CC-BY - Exige la cita del autor (irrenunciablemente)

No Comercial
CC-NC - No se pueden obtener beneficios económicos

Sin obras derivadas
CC-ND - La obra se debe distribuir o difundir sin modificaciones

Compartir Igual
CC-SA - Las obras derivadas permanecarán bajo la misma licencia

¡Cócktel!
Mezclando todo obtenemos 6 licencias distintas
Creative Commons (de - a + libertades):

BY-NC-ND
Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada
Se hará constar la autoría de la obra original. No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

BY-NC-SA
Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual
Se hará constar la autoría de la obra original. No se permite un uso comercial de la obra original ni de obras derivadas, las cuales deben distribuirse con una licencia igual a la que regula la obra original.

BY-NC
Reconocimiento – No Comercial
Se hará constar la autoría de la obra original. Se permiten obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial y, asimismo, tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales.

BY-ND
Reconocimiento – Sin Obra Derivada
Se hará constar la autoría de la obra original. Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

BY-SA
Reconocimiento – Compartir Igual
Se hará constar la autoría de la obra original. Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, las cuales deben usar una licencia igual a la de la obra original.

BY
Reconocimiento
Se hará constar la autoría de la obra original. Se permite cualquier uso de la misma y la creación de obras derivadas.

CC0
Dominio Público
El autor renuncia a todos los derechos sobre la obra en la medida que la ley de su país se lo permita. "Dominio público" tiene pequeñas diferencias dependiendo de las legislaciones de cada país.

No todas las CC son libres
El icono Free Cultural de CC
Se emplea para identificar las licencias libres de las que no.
